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Ene 02

COGITI Palencia desmiente al CSCAE y confirma que los ingenieros técnicos industriales sí pueden emitir informes de inspecciones técnicas o de evaluación de edificios El Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Palencia hace público el comunicado que ha emitido recientemente el Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España (COGITI) acerca de las informaciones emanadas del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos Técnicos de España (CSCAE)

  • 2 enero, 2020
  • Sin comentarios
  • Noticias Colegios

El Diario Palentino publicó el pasado 19 de diciembre un reportaje sobre un comunicado de prensa del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Palencia en relación a los informes de inspecciones técnicas o de evaluación de los edificios.

En este sentido, COGITI Palencia ha señalado que resulta incierta la afirmación realizada por el CSCAE, acerca de que «los ingenieros técnicos industriales no pueden emitir informes de Inspecciones Técnicas de Edificios o de Evaluación de Edificios, toda vez que la edificación residencial está fuera de su ámbito competencial y de su especialidad técnica », siendo igualmente falso que esa competencia corresponda en exclusiva a los arquitectos y a los arquitectos técnicos, motivo por el que el Consejo se ha visto obligado a emitir el comunicado.

Por su parte, el COGITI señala que el Auto de 17 de mayo de 2019 referido en su nota informativa por el CSCAE, declara la inadmisión de varios de los recursos de casación preparados por las representaciones procesales del Consejo Gallego de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, respectivamente, contra la sentencia de 10 de septiembre de 2018, dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo contencioso administrativo
de la Audiencia Nacional.

El Tribunal Supremo fundamenta su inadmisión en que la sentencia recurrida anula el precepto del decreto autonómico por considerar que no se puede incluir la actividad de emisión de informes técnicos de inspección de edificios en el ámbito de la reserva legal prevista en la LOE para arquitectos y arquitectos técnicos, en lo relativo al proceso de construcción y edificación cuando no se ha justificado en razones de seguridad pública, ni se ha razonado la necesidad y la proporcionalidad de la medida adoptada.

Pero no es la única ocasión en la que la Audiencia Nacional se ha pronunciado sobre esta cuestión. Junto al recurso del 10 de septiembre de 2018 destacan otras sentencias, a cuya fundamentación jurídica se refiere el COGITI, y considera que no cabe admitir la existencia de una reserva legal de actividad para suscribir Informes de Evaluación de Edificios (IEE) a favor de los arquitectos y arquitectos técnicos, que excluya, por tanto, a los ingenieros técnicos industriales con base exclusiva en lo dispuesto en la Ley de Ordenación de la Edificación.

Pueden leer el reportaje completo en el apartado «Más información».

Más información (Adjuntos)

  • pdf Reportaje de COGITI Palencia en Diario Palentino

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