Los asistentes a la reunión fueron el presidente de CACITI y Decano de Cádiz, Domingo Villero; la nueva Decana de Sevilla, Ana María Jáuregui; el nuevo Decano de Málaga, José Zayas; el Decano de Granada, Isidro Román; el Decano de Almería, Francisco Lores, y el Vicedecano de Huelva, David Muñoz.
La reunión fue muy fructífera, ya que se puedieron abordar más de una decena de asuntos de interés para los Colegiados Andaluces, en muchos de los cuáles se alcanzó un compromiso por parte de la Responsable de la Junta.
Reunión de CACITI con la directora gerente de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía
Por otra parte, el pasado 30 de mayo se celebró, en la sede de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, una reunión con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, a la que asistieron la Directora-Gerente Dª. Mª Victoria Román, y el Director del Departamento de Estudios, Análisis de Mercados y Promoción de la Competencia, D. José Félix Riscos.
En dicha reunión se trataron diversos temas de interés como la asunción de nuevas funciones por parte de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, desarrolladas en la modificación estatutaria aprobada recientemente.
La Directora-Gerente explicó al Consejo que la ADCA ha sido designada como punto de contacto de Andalucía para el ejercicio de las funciones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM), entre las que destaca la labor de emisión de informes en el marco de los procedimientos de protección de operadores económicos en el ámbito de la libertad de establecimiento y de circulación previstos en los artículos 26 y 28 de dicha norma.
Desde la puesta en marcha de estos procedimientos de protección de los operadores económicos en marzo de 2014, el sector de las actividades profesionales es uno de los que ha generado un mayor número de asuntos. En muchos casos, son los propios profesionales, en su condición de operadores económicos, los que han promovido las reclamaciones.
En cuanto al fondo de los asuntos resueltos, destacan los pronunciamientos recaídos en el ámbito de las cualificaciones profesionales, esto es, en la consideración de técnico competente por la administración pública o por determinados colegios profesionales, por ejemplo, en la elaboración y firma de proyectos de instalación de baja tensión; en la firma de certificados técnicos para la licencia de apertura de un local; en la realización de los estudios de seguridad y salud de proyectos de ejecución de edificación; en la firma de certificaciones para la solicitud de licencias de segunda ocupación; etc.
En términos generales, la conclusión a la que se ha llegado en tales expedientes es que la determinación de cuál sea el técnico competente debe realizarse de forma necesaria y proporcionada, tal y como exige la LGUM, en atención a la naturaleza y entidad del proyecto concreto de que se trate, e incluyendo a todos los profesionales capacitados según sus conocimientos técnicos para la elaboración y firma de los mismos.