La AEAT considera prioritario potenciar la colaboración social en la gestión de tributos, prevista en el artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la medida en que la participación de colaboradores externos en estas tareas redunda en la mejora de los servicios ofrecidos a los contribuyentes; favoreciendo el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales y minimizando los costes indirectos derivados de su cumplimiento.
El acuerdo es extensible a los Colegios territoriales (mediante el protocolo adicional de adhesión ante el Delegado de la Agencia Estatal de Administración Pública Territorial), y hace posible el acceso a todos los colegiados a través de la suscripción al Documento individualizado de adhesión; siendo posible, a su vez, el otorgamiento de representación por medios telemáticos de sus clientes hacia los profesionales (Documentos de representación).
Los Colegios adheridos al acuerdo, mediante certificado electrónico de persona jurídica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), podrán presentar el listado de colegiados suscritos mediante el documento individualizado, y comunicar el alta de estos profesionales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para entre otros, por ejemplo, que los profesionales puedan presentar los siguiente modelos, por vía telemática en nombre de sus clientes:
- Modelo 159. Declaración Informativa. Declaración anual de consumo de energía eléctrica.
- Modelo 568. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio.
- Modelo 576. Impuesto Especial de Matriculación de Determinados Medios de Transporte.
- Modelo 583/588. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
- Modelo 586. Declaración Informativa. Gases Fluorados.
- Modelo 587. Declaración-Liquidación Gases Fluorados Efecto Invernadero.
- Modelo 589. Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados. Autoliquidación y pago fraccionado.
- Modelo 591. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes.
- Devolución ordinaria de impuestos medioambientales.
- Devolución Especial por Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía eléctrica.
Los Colegios suscritos al acuerdo obtienen la identificación de “Colaboración social”, y disponen de acceso al “Alta y gestión en el censo de colaboradores sociales” de la AEAT, para la realización de “Trámites de asociaciones y colegios del ámbito de la asesoría fiscal o la gestión tributaria”.
Este acuerdo supone un gran avance en la colaboración de la Organización con la Administración y los servicios ofrecidos por el colectivo a los contribuyentes, y cabe destacar que en la actualidad se trata de la única institución colegial del ámbito de la Ingeniería que lleva a cabo esta iniciativa.
Por parte del COGITI, el convenio ha sido firmado por el presidente de la institución, José Antonio Galdón Ruiz, y por parte de la AEAT, por Jesús Gascón Catalán, y María Soledad Fernández Doctor.