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Sep 12

El Tribunal Constitucional reafirma la colegiación obligatoria para los empleados públicos, ya que las Comunidades Autónomas no pueden introducir excepciones a dicha exigencia El Boletín Oficial del Estado, del pasado 17 de agosto, publicó la sentencia del Tribunal Constitucional 82/2018, de 16 de julio de 2018, en la que se declara la inconstitucionalidad de la exención autonómica de colegiación de los empleados públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por vulnerar las competencias estatales al contravenir la legislación básica dictada en la materia (art. 3.2 de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales).

  • 12 septiembre, 2018
  • Sin comentarios
  • Actualidad COGITI

Esta sentencia se dicta en congruencia con las sentencias del TC dictadas en el año 2013, en virtud de los recursos de inconstitucionalidad promovidos anteriormente sobre la misma cuestión, por lo que reitera su doctrina en este sentido, y rechaza que se permita ejercer sin estar colegiado.

La sentencia establece que «la normativa estatal no exceptúa a los empleados públicos en general de la necesidad de colegiación en el caso de que presten servicios solo, para, o a través, de una Administración pública».

El Tribunal Constitucional subraya que las Comunidades Autónomas con competencia de desarrollo del régimen jurídico de los colegios profesionales de conformidad con las bases estatales, como es el caso de Cantabria, no pueden introducir excepciones a la exigencia obligatoria de colegiación, aunque sea de manera acotada o limitada. «Ello no constituye un desarrollo sino una contradicción de las mismas, que las desvirtúa y excede de su competencia», apostilla.

El caso resuelto por el Constitucional versa sobre un recurso contencioso-administrativo interpuesto por un veterinario que trabaja como funcionario facultativo de producción y sanidad animal de la Comunidad Autónoma de Cantabria, contra la denegación de su baja voluntaria en el Colegio de veterinarios de ese territorio, en aplicación de la excepción legal cuya constitucionalidad se cuestiona en este proceso.

Pueden leer aquí la sentencia publicada en el BOE (17/08/2018)

 

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