COGITI COGITI COGITI COGITI
  • Inicio
  • Institución
    • Historia
    • Finalidad, funciones y objetivos
    • Atribuciones profesionales
    • Regulación de la Profesión
    • Guía de Titulaciones
    • Estructura organizacional
    • Estatutos generales
    • Presidentes
    • Junta Ejecutiva
    • Colegios Oficiales
    • Consejos Autonómicos
    • Personal y Sede
  • Noticias
    • Actualidad COGITI
    • Noticias Colegios
    • Boletines COGITI
    • Boletín ProEmpleoIngenieros
    • Boletín COGITI Europa
    • Sentencias IEE
    • Informes CNMC
    • Suscripción al boletín de noticias de COGITI
  • Sala de Prensa
    • Dossier Institucional
    • Notas de Prensa
    • COGITI en los medios
    • Galería de Imágenes
    • Contacto Gabinete de Comunicación
  • Transparencia
  • Contacto
  • Zona privada
COGITI COGITI
  • Inicio
  • Institución
    • Historia
    • Finalidad, funciones y objetivos
    • Atribuciones profesionales
    • Regulación de la Profesión
    • Guía de Titulaciones
    • Estructura organizacional
    • Estatutos generales
    • Presidentes
    • Junta Ejecutiva
    • Colegios Oficiales
    • Consejos Autonómicos
    • Personal y Sede
  • Noticias
    • Actualidad COGITI
    • Noticias Colegios
    • Boletines COGITI
    • Boletín ProEmpleoIngenieros
    • Boletín COGITI Europa
    • Sentencias IEE
    • Informes CNMC
    • Suscripción al boletín de noticias de COGITI
  • Sala de Prensa
    • Dossier Institucional
    • Notas de Prensa
    • COGITI en los medios
    • Galería de Imágenes
    • Contacto Gabinete de Comunicación
  • Transparencia
  • Contacto
  • Zona privada
Jul 13

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) da la razón de forma incuestionable a los Ingenieros Técnicos Industriales y avala su competencia para emitir el “Certificado de idoneidad para viviendas de uso turístico” (CIVUT) El Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid (COGITIM) ha conseguido con esta Sentencia, que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, avale la competencia de sus colegiados para emitir el “Certificado de idoneidad para viviendas de uso turístico” (CIVUT), al tiempo que declara NULA la reserva de actividad exclusiva a favor de los arquitectos y arquitectos técnicos para la emisión de dichos certificados, como estaba ocurriendo hasta este momento.

  • 13 julio, 2021
  • Sin comentarios
  • Noticias Colegios

Ésta viene a sumarse a la que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid emitió en febrero de este año, en la que daba la razón a los Ingenieros Técnicos Industriales, para que pudiesen realizar los Informes de Evaluación de Edificios (IEE) en el Ayuntamiento de Madrid. https://bit.ly/3xzyK03 , y a otras muchas de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores de Justicia, y del Tribunal Supremo en el mismo sentido, pero que no están disuadiendo a las diferentes administraciones de continuar paralizando las actuaciones en este caso de los Ingenieros Técnicos Industriales. https://n9.cl/6d0pz

El COGITIM impugnó la nueva redacción dada al artículo 2.4 del Decreto 79/2014, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno de la CAM, relativo al “Certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico” (CIVUT), en cuanto implica el establecimiento de una reserva de actividad a favor de arquitectos o arquitectos técnicos excluyendo a otros profesionales, como a los Ingenieros Técnicos Industriales, para emitir estos certificados de idoneidad que deben acompañar a la declaración responsable para poder iniciar la actividad de alojamiento turístico.

El nuevo pronunciamiento del TSJM estima completamente recurso interpuesto por el COGITIM, y recogiendo nuestros argumentos, declara la nulidad del artículo 2.4 del Decreto 79/2014, de 10 de julio, en la redacción dada por el Decreto 29/2019, de 9 de abril, en el inciso concreto: “Serán técnicos competentes para la suscripción de dicho CIVUT quienes están en posesión del título de arquitecto o arquitecto técnico», y todo ello por entender que no se ha motivado su necesidad en la salvaguarda de alguna razón imperiosa de interés general comprendida en el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y tampoco se ha justificado que no existen otros medios menos restrictivos al libre ejercicio de las actividades profesionales (principios recogidos en los artículos 3, 5 y 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado).

Ha sido parte demandada la Comunidad de Madrid y como codemandados se personaron: la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, y el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, que deberán abonar las costas del procedimiento.

Si bien esta sentencia del TSJM no es firme, puesto que puede ser recurrida en casación, supone un paso muy importante y crucial en la lucha que este Colegio está llevando a cabo por defender los intereses de nuestros profesionales y que permite, dentro de la Comunidad de Madrid, que el colectivo al que representamos puedan realizar este tipo de trabajo que claramente, desde nuestro punto de vista, pueden llevar a cabo los ITIS, ya que los elementos a comprobar en el CIVUT (art. 17 bis Decreto 79/2014, introducido también por Decreto 29/2019, de 9 de abril) consisten en: “disponer de calefacción y suministro de agua fría y caliente; disponer al menos de una ventilación directa al exterior o a patio no cubierto; disponer de un extintor manual, en el interior de la vivienda colocado a no más de 15 metros de la puerta de salida de la vivienda; disponer de señalización básica de emergencia indicando la puerta de salida de la vivienda y disponer de un plano de evacuación del edificio y de la vivienda en un lugar visible”

Para José Antonio Galdón Ruiz, Decano del COGITIM significa otro paso más para la eliminación de barreras injustificadas por cuestiones exclusivamente de uso, y no de competencias técnicas y de garantías profesionales que ofrecemos, entre otros, los Ingenieros Técnicos Industriales.

Más información aquí.

  • Facebook
  • Twitter
  • Reddit
  • Pinterest
  • Google+
  • LinkedIn
  • Correo electrónico

Deja un comentario

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Canales de Noticias

Menú
  • Actualidad COGITI
  • Noticias Colegios
  • Informes CNMC
  • Sentencias IEE
  • Boletín COGITI
  • Boletín ProEmpleoIngenieros
  • Boletín COGITI Europa
  • Notas de Prensa
  • COGITI en los medios
  • Galería de Imágenes

© COGITI Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España

Avda. Pablo Iglesias 2, 2º 28003 Madrid (España)
Teléfono: 915541806-09 -Fax: 915537566
E-mail: cogiti@cogiti.es

Política de Privacidad - Aviso Legal - Política de Cookies

2023 Copyright COGITI
Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecer nuestros servicios, obtener datos estadísticos, así como estadísticas anónimas sobre su visita a la web. Puede aceptarlas, rechazarlas o cambiar la configuración. Si continúa navegando acepta su uso. Puede obtener más información en nuestra Política de cookiesAceptarRechazar Configuración
Manage consent

Política de Cookies

En COGITI España utilizamos cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. Fuera de estas cookies, las cookies que se clasifican según sea necesario se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Técnicas y funcionales
Siempre habilitado

Son aquellas imprescindibles para el correcto funcionamiento de la página. Normalmente se generan cuando el usuario accede al sitio web o inicia sesión en el mismo y se utilizan para identificarle en el sitio web con los siguientes objetivos:
– Mantener al usuario identificado de forma que, si abandona el sitio web, el navegador o el dispositivo y en otro momento vuelve a acceder a dicho sitio web, seguirá identificado, facilitando así su navegación sin tener que volver a identificarse.
– Comprobar si el usuario está autorizado para acceder a ciertos servicios o zonas del sitio web.

De personalización

Guarda las preferencias de visualización del usuario para futuras visitas.

De Marketing

Son aquellas que recaban información sobre los anuncios mostrados a los usuarios del sitio web. Pueden ser de dos tipos:
– Anónimas: Solo recopilan información sobre los espacios publicitarios mostrados en el sitio web, con independencia del usuario que accede al sitio web, es decir, sin identificarle expresamente.
– Personalizadas: Recopilan información personal del usuario del sitio web por parte de un tercero, para la personalización de dichos espacios publicitarios.

De Análisis

Obtienen datos estadísticos para su procesamiento y presentación. Recopilan información sobre la experiencia de navegación del usuario en el sitio web, normalmente de forma anónima, aunque en ocasiones también permiten identificar de manera única e inequívoca al usuario con el fin de obtener informes sobre los intereses de los usuarios en los servicios que ofrece el sitio web.

De Rendimiento

Se utilizan para mejorar la experiencia de navegación y optimizar el funcionamiento del sitio web como, por ejemplo, almacenar las configuraciones de servicios, o almacenar la compra realizada en un carrito de la compra.

Guardar y aceptar
Powered by CookieYes