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Sep 11

Nueva convocatoria del COGITI para certificar a expertos verificadores de Líneas de Alta Tensión de hasta 30 kV El Servicio de Certificación de Personas como Verificadores de LAT de hasta 30 kV, acorde a la norma UNE-ES ISO IEC 17024, realiza una nueva convocatoria, a todos los profesionales que puedan optar a ello y estén interesados.

  • 11 septiembre, 2017
  • Sin comentarios
  • Actualidad COGITI

Por ello, desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados en Ingeniería de la rama industrial e Ingenieros Técnicos Industriales (COGITI) se anuncia la Convocatoria para la evaluación de Verificadores de Líneas de Alta Tensión no superiores a 30 kV, que tendrá lugar el sábado 11 de noviembre de 2017, en horario de mañana, tanto para el examen teórico como para los supuestos prácticos (de 10 h. a 12:30 horas, entre los dos), en un lugar todavía por determinar, y del que informaremos más adelante.

El COGITI es la primera entidad de certificación acreditada por ENAC en el ámbito de las Líneas de Alta Tensión, de tal modo que solo los expertos verificadores de Líneas de Alta Tensión no superiores a 30 kV que hayan sido certificados por la institución podrán llevar a cabo dichas verificaciones.
Como en las anteriores convocatorias, los candidatos deberán acreditar fehacientemente experiencia o formación suficiente en el ámbito y someterse a un examen de evaluación diseñado por expertos en la materia para la obtención de la Certificación, expertos que actúan con total independencia, y que garantizan, por lo tanto, la fiabilidad y transparencia del proceso de evaluación.

Disponen de toda la información en el portal www.certificaciondepersonas.cogiti.es. E-mail: certificaciondepersonas@cogiti.es.

El plazo para la admisión de solicitudes finaliza el próximo 7 de octubre

Los colegiados de nuestra institución obtendrán un 25% de descuento sobre el precio de la tarifa de certificación, y si además han obtenido la acreditación DPC emitida por el COGITI, el descuento será del 50% de dicha tarifa.

La figura de «Entidad Certificadora de Personas» está definida tanto en la Ley de Industria, como en el Real Decreto de Seguridad y Calidad Industrial, donde se indica que «las Entidades de Certificación» son las personas naturales o jurídicas cuya finalidad es la de establecer la conformidad, solicitada con carácter voluntario, de una determinada empresa, producto, proceso, servicio o persona a los requisitos definidos en normas o especificaciones técnicas».

Por otro lado, también es necesario cumplir con la norma UNE 17024, que establece una serie de criterios que hay que satisfacer para ser Entidad Certificadora de Personas, ya que éstas «deberán actuar con imparcialidad y y llevar a cabo sus funciones con solvencia técnica”.

El objetivo es asegurarse la competencia técnica de los profesionales en determinadas materias. La Certificación de Personas, por lo tanto, es una herramienta que facilita el desarrollo de mercados seguros, procurando servicios fiables y de calidad, a la vez que contribuye a garantizar y reforzar la protección y seguridad de los consumidores.

¿Por qué es necesaria esta certificación?

Respecto a la realización de inspecciones, el RD 223/2008, en su ITC-05, establece, en uno de sus apartados, lo siguiente:

3. Verificación e inspección de las Líneas Eléctricas que no sean propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica.

Todas las líneas deben ser objeto de una verificación previa a la puesta en servicio y de una inspección periódica, al menos cada tres años. Para las líneas de tensión nominal menor o igual a 30 kV, la inspección periódica puede ser sustituida por una verificación periódica. Las líneas de tensión nominal superior a 30 kV deberán ser objeto, también, de una inspección inicial antes de su puesta en servicio.

Las verificaciones previas a la puesta en servicio de las líneas eléctricas de alta tensión deberán ser realizadas por las empresas instaladoras autorizadas que las ejecuten.

Sin perjuicio de las atribuciones que, en cualquier caso, ostenta la Administración pública, los agentes que lleven a cabo las inspecciones de las líneas eléctricas de alta tensión de tensión nominal mayor de 30 kV deberán tener la condición de organismos de control, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, acreditados para este campo reglamentario.

Las verificaciones periódicas de líneas eléctricas de tensión nominal no superior a 30 kV podrán ser realizadas por técnicos titulados con competencias en este ámbito que dispongan de un certificado de cualificación individual, expedido por una entidad de certificación de personas acreditada, de acuerdo con el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, y según la norma UNE-EN-ISO/IEC 17024. El certificado de cualificación individual se renovará, al menos, cada tres años.

Asimismo, el técnico titulado encargado de la verificación no podrá haber participado ni en la redacción del proyecto, ni en la dirección de obra, ni estar vinculado con el mantenimiento de la línea.

De este modo, todas las líneas de Alta Tensión deberán ser inspeccionadas o verificadas por un OCA; el citado RD permite que las no superiores a 30 kV las puedan verificar personas certificadas según la norma UNE 17024, que es la que realiza COGITI.

El COGITI es la única entidad que realiza esta certificación en España.

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