Mon, 27 Jan 2014 00:00:00 +0100 http://www.cogiti.es/Canales/Ficha.aspx?IdMenu=177662fe-361c-4a23-ae3f-9681caf03cb3&Cod=3b8580b3-2f43-4c03-87ca-b435fb31cd66
El decreto, en sus artículos anulados por el recurso interpuesto por el COGITI y COGITICM, indicaba que para poder ser Entidad de Verificación tenías que ser o tener contratado a un Arquitecto o Ingeniero de ciclo largo, obviando a los Ingenieros Técnicos, lo que ha resultado ser un despropósito que tendrán que subsanar.
Además de lo anterior y al objeto de poder registrar las entidades de verificación de la conformidad unipersonales, se venía a obligar al igual que ocurre con las OCAS, a la obligatoriedad de la acreditación por ENAC, lo cual ha sido nuevamente desestimado por esta sentencia, que se suma a la que recientemente obtuvimos del T.S.J. de Andalucía y a las dos sentencias del Tribunal Supremo que avalan nuestras teorías.
En definitiva una vez más, tiene que ser la Justicia la que ponga en su sitio a la enorme influencia que determinadas profesiones tienen en las Administraciones, y que provocan situaciones tan desafortunadas e injustas como la provocada por este Decreto Autonómico.
Desde el Consejo General y los Colegios, seguiremos trabajando para que se haga justicia con nuestra profesión y nuestros colegiados, al objeto de servir como se merece a nuestra sociedad.