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Ene 31

El COGITI logra que los I.T.I. puedan acreditarse como Organismos de Control Autorizados Como consecuencia de la denuncia presentada ante la Comisión Europea, los ingenieros técnicos industriales podremos realizar inspecciones como profesionales.

  • 31 enero, 2010
  • Sin comentarios
  • Actualidad COGITI

Las gestiones llevadas a cabo en los últimos años por el Consejo General de Ingenieros Técnicos Industriales, en relación a los Organismos de Control (OCAS), han dado sus frutos. Como consecuencia de la denuncia presentada por este Consejo en la Comisión Europea, los ingenieros técnicos industriales podremos realizar inspecciones como profesionales.

Inclusión de “persona natural” en la definición de los OCAS
De este modo, mediante la Ley Ómnibus (Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que modifica 47 leyes), en su artículo 13 modifica la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en la que en su artículo 15, y respecto a los Organismos de Control, incluye la terminología “persona natural”.

A través de dicha denuncia, el Consejo General tenía como principal objetivo conseguir que un profesional dotado de los medios materiales y conocimientos precisos pudiera realizar inspecciones en el ámbito de la seguridad o de la calidad industrial.

Sin embargo, el camino hasta llegar a este logro del Consejo ha estado lleno de obstáculos. El Ministerio de Industria ha tenido que rectificar tras la resolución emitida por la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea, en la que señalaba el incumplimiento que el Gobierno estaba haciendo del Derecho de la Competencia Europeo en el tema de los OCAS. Este incumplimiento suponía incluso la imposición de una cuantiosa multa al Estado español si éste no rectificaba. Finalmente, el Ministerio de Industria decidió instar a la realización de las modificaciones pertinentes aprovechando la aprobación de la citada Ley 25/2009 (conocida como “Ley Ómnibus”), con lo que se evita la citada multa de la Comisión Europea.

Antecedentes
Los primeros trámites para subsanar esta situación se iniciaron en el año 2005, cuando el Consejo, a través de su oficina en Europa presentó una denuncia que fue aceptada a trámite por la Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea en enero de 2006. El argumento de dicha denuncia era la vulneración de los principios de libre competencia, de libertad de prestación y la libertad de establecimiento consagrados en el Tratado de la CE.

Gestiones realizadas por el Consejo
El Consejo General iniciaba así su “particular periplo” para lograr la consolidación del proceso de adaptación de la legislación española a las exigencias de la Comisión Europea, que implican la consideración de que los Ingenieros Técnicos Industriales puedan acreditarse como Organismos de Control Autorizados. Para conseguir este objetivo, el presidente del Consejo, D. Vicente Martínez, mantuvo varias reuniones con eurodiputados españoles, que mostraron su apoyo a las tesis defendidas por el Consejo, y se comprometieron a realizar un seguimiento para lograr el cumplimiento efectivo de la resolución de la Comisión Europea sobre los Organismos de Control Autorizados.

El presidente del Consejo, Vicente Martínez (a la izquierda), y Gerardo Arroyo, director de la Oficina Europea de COGITI-UAITIE, en una imagen tomada en el Parlamento Europeo (Bruselas).

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