

José Luis Jorrín, Decano de COITIG Valencia, y Vicente Tejedo, Director General de Calidad Ambiental de la Conselleria de Infraestructuras, en la Jornada celebrada en la sede de COITIG.
El COITIG y la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente consensuarán en el convenio todas aquellas cuestiones de carácter técnico que han de ser objeto de revisión para posibilitar el cumplimiento de la finalidad de la certificación: verificar antes de su presentación a la Administración la documentación requerida para la autorización de la actividad proyectada, de forma que permita la admisión a trámite inmediata de la solicitud.
La Ley 6/2014, recientemente aprobada, recoge la posibilidad de que los colegios profesionales puedan emitir certificados de verificación documental en materia medioambiental, con el fin de agilizar el procedimiento actual. Vicente Tejedo, Director General de Calidad Ambiental de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, ha analizado en una jornada celebrada el 23 de octubre, en la sede del COITIG, los principales cambios que introduce esta norma: «La Ley establece una nueva división de los instrumentos de intervención y diferencia entre actividades que necesitan la Autorización Ambiental Integrada, la Licencia Ambiental, la Declaración Responsable y la Comunicación de actividades inocuas. Con ello se agiliza la tramitación de los expedientes para dinamizar e impulsar la actividad económica en la Comunitat Valenciana eliminando trabas administrativas y duplicidad de trámites, con los que a menudo se encuentran las empresas a la hora de iniciar un negocio».
El Decano de los Ingenieros Técnicos Industriales, José Luis Jorrín, ha señalado la importancia de contar con los colegios profesionales como instrumentos para agilizar el actual procedimiento: «El COITIG ha querido ser parte activa en la redacción del convenio que desarrolla esta ley, aportando toda su experiencia y los conocimientos técnicos en este campo adquiridos por sus colegiados a lo largo de los años».
Agilización de trámites
El convenio, todavía en fase de redacción, permitirá poner en marcha el procedimiento de forma inmediata, tras la verificación de la documentación por parte de los colegios. Ello no impide al órgano competente efectuar los requerimientos de subsanación que proceda, si con posterioridad se detectasen insuficiencias o deficiencias subsanables.
La verificación que llevarán a cabo los colegios consiste en la revisión técnica, informe y validación de los proyectos básicos, del estudio de impacto ambiental y demás documentación que ha de acompañar la solicitud, así como su adecuación a la normativa aplicable a la actividad a desarrollar.
Competencia municipal
A través del convenio, los ayuntamientos podrán prever en sus ordenanzas la posibilidad de obtener la certificación emitida por los colegios con carácter previo a la presentación de la solicitud. Las entidades locales podrán adherirse a los convenios suscritos entre Conselleria y los colegios profesionales u otras corporaciones de derecho público, o bien suscribir los suyos propios.