El hasta ahora investigado se hizo pasar por Ingeniero Técnico Industrial, sin estar en posesión de la titulación reglamentaria, desempeñando las funciones propias de la profesión en una empresa de Huelva. El denunciado, expedía a los distintos clientes la documentación firmada con el membrete del COITI Huelva, número de colegiado y el coste de la actividad, apoderándose de forma ilícita de las cantidades requeridas.
Tras iniciarse este proceso legal por parte de los servicios jurídicos del COITI Huelva se verificó que el acusado no estaba colegiado y que en el colegio de Huelva carecía de la acreditación del título oficial, pudiéndose comprobar, con posterioridad, que no había obtenido la titulación de Ingeniero Técnico Industrial ni por la Universidad de Huelva, ni por otras universidades.
Posteriormente, el denunciado se colegió en el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Sevilla, aportando documentación que acreditaba ser titulado por la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de la Universidad de Huelva, que finalmente resultó ser un documento manipulado cuya falsedad ha quedado demostrada.
De esta forma, el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Sevilla se ha mostrado como parte ejerciendo la acusación particular en las actuaciones judiciales que han derivado tras la inicial denuncia de colegio onubense.
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva en el ejercicio de sus funciones pone de manifiesto su compromiso en defensa de los servicios que prestan los ingenieros colegiados frente a casos de intrusismo profesional como este, que perjudican a la profesión.
Desde ja junta de gobierno del COITI lamentan que se sigan produciendo situaciones como estas e insta a los ciudadanos a que contacten directamente con el Colegio y exijan visado profesional en aquellos trabajos que así lo requieran.
En este sentido, el Colegio, que como se ha dicho ejerce la acusación particular en este caso, y se adhiere a las peticiones del Ministerio Fiscal, continuará velando para que los trabajos que corresponden a las profesiones técnicas tituladas, sean realizados por quienes estén acreditados para acometer los mismos, en las distintas facetas de las titulaciones profesionales que conviven, pero siempre ofreciendo a la sociedad las garantías que ofrecen los colegios profesionales, a través de las herramientas que les proporciona la Ley de Colegios Profesionales, en atención al mandato constitucional que les proporciona el artículo 39 de la Constitución.