A esta sesión del Pleno de la Asamblea de Extremadura asistieron representantes de los Colegios de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de BA y CC, de Ingenieros Agrónomos de Extremadura, de Ingenieros Industriales de Extremadura, de Arquitectos de Extremadura, de Ingenieros Técnicos Agrícolas de BA y CC, de Ingenieros Técnicos de Minas, de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de BA y CC, y de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
En este sentido, el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Badajoz (Copitiba) se ha felicitado, en nombre de los colegios profesionales implicados, por el acuerdo alcanzado en la Asamblea de Extremadura.
En un comunicado, Copitiba ha indicado que los colegios profesionales reconocemos la trascendencia que esta actuación parlamentaria extremeña tiene en el ámbito de la seguridad de las personas y su integridad física, así como en la protección de la seguridad y la salud pública, y del medio ambiente”.
Además, Copitiba ha destacado el valor del pronunciamiento de ambas formaciones, PP y PSOE, en las citadas protecciones, y también para los profesionales. “Por ello, reconocemos la trascendencia que esta actuación Parlamentaria Extremeña tiene en el ámbito de la seguridad de las personas y su integridad física”, han manifestado.
TEXTO DE LA PROPUESTA DE PRONUNCIAMIENTO:
AL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA
El Grupo Parlamentario Socialista (PSOE-Regionalistas) y el Grupo Parlamentario Popular (EU), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 y 219 del Reglamento de la Cámara formulan, conjuntamente, la siguiente PROPUESTA DE PRONUNCIAMIENTO, para su debate ante el Pleno de la Cámara.
Por primera vez en nuestro país los colegios profesionales de Ingenieros, Ingenieros Técnicos, Arquitectos y Arquitectos Técnicos se han unido en defensa de la seguridad de los ciudadanos ante la supresión por el Gobierno de la Nación de unos mecanismos de garantía y control conocidos y reconocidos por la sociedad, que dichas entidades profesionales han desarrollado durante décadas en beneficio de lo ciudadanos, y que el proyecto de Real Decreto sobre obligaciones de visado colegial de trabajos profesionales, aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, pretende suprimir.
El Consejo de Estado, en su dictamen 779/2009, sobre el anteproyecto de Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, (Ley Ómnibus), ya alertó de la magnitud de la reforma en materia de colegios profesionales, y de la inadecuación de este tipo de leyes para la introducción de sustanciales reformas en el régimen legal de los mismos, integrado, entre otros aspectos por el visado colegial, aconsejando la remisión de su reforma a un momento ulterior, especialmente cuando las modificaciones introducidas no podían ampararse íntegramente en la transposición de la Directiva 20061123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
La reforma del régimen colegial y del visado fue ya objetada en el Congreso y en el Senado durante la tramitación de la Ley Ómnibus, mediante la presentación de enmiendas encaminadas a la defensa de los colegios profesionales, como entidades corporativas reconocidas por la Constitución española de 1978. El régimen del visado llegó a ser modificado en el Senado para permitir que el propio colegiado con el consentimiento informado de su cliente pudiera solicitarlo como mecanismo añadido de garantía y calidad de su trabajo. Al mismo tiempo la Cámara Alta amplió la exigencia de visado obligatorio a otros supuestos exigidos por la protección de la salud pública, el medio ambiente o la prestación de los servicios de interés general. Estas modificaciones fueron rechazadas en la votación final en el Congreso.
Pese a que se ha presentado como un factor de incremento del precio de los servicios profesionales, el coste del visado colegial es ínfimo, si se compara con el de otros posibles mecanismos de control alternativos, que ahora habrán de ser soportados por el usuario de los servicios o por las Administraciones públicas, obligadas en muchos casos a redotar sus oficinas de supervisión de proyectos o a crear órganos análogos de control para garantizar la idoneidad del autor del proyecto y el respeto a las normas de seguridad.
Su supresión conlleva también la del aseguramiento de los riesgos derivados del proyecto, garantía cuyo coste habrá de ser soportada inicialmente por el propio profesional, y después por sus clientes, sobre los que se verá obligado a repercutirlo.
Con la presentación de este proyecto de real decreto, el principio de obligatoriedad del visado de los trabajos profesionales que afecten directamente la integridad física y seguridad de la personas, reconocido por el propio Gobierno al redactar el artículo 13 de la Ley Ómnibus, se incumple parcialmente, en la medida en que se exime de visado a proyectos de construcción de carreteras, puertos, aeropuertos, obras de dominio público hidráulico, buques, instalaciones de generación, transporte y distribución energética, instalaciones petrolíferas y almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos, instalaciones afectadas por normativa de seguridad industrial y alimentaria, instalaciones de telecomunicación, planeamiento y ordenación urbanística, proyectos de protección y conservación del medio ambiente, etc. En consecuencia, el ciudadano queda menos protegido frente a los riesgos derivados de los mismos.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista (PSOE-Regionalista), y El Grupo Parlamentario Popular (PP-EU), presentan la siguiente
PROPUESTA DE PRONUNCIAMIENTO
La Asamblea de Extremadura insta al Gobierno de España a que retome y amplíe el proceso de diálogo con todos los agentes implicados (asociaciones de consumidores, colegios profesionales y administraciones públicas) y adopte cuantas medidas sean oportunas para mantener el visado colegial de todos los trabajos profesionales, que puedan afectar a la integridad física y la seguridad de las personas, en aras de una mayor protección de la seguridad pública, de la salud pública o de la protección del medio ambiente, más allá de los referidos a la edificación, los explosivos y la minería, conforme a lo que establece tanto la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, como la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Paraguas), dictada para su transposición al ordenamiento jurídico español, así como la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ley Ómnibus), de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley 17/2009.
En Mérida, a 28 de junio de 2010.
La Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular
Fdo. Teresa Angulo Romero
Texto de la Propuesta de Pronunciamiento.