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¿QUÉ SON LAS ATRIBUCIONES?

Las atribuciones profesionales definen los ámbitos en los que un profesional puede desarrollar su actividad, establecen las condiciones para dicho ejercicio y fija las limitaciones cualitativas o cuantitativas que puedan existir. En España es la Administración del Estado quien establece las atribuciones.

Para que no exista intrusismo entre profesiones o un ejercicio irresponsable de la misma existen distintas disposiciones reglamentarias que delimitan las tareas propias de cada ámbito profesional.

No todas las titulaciones dan acceso a profesiones reguladas con atribuciones profesionales propias.


DIFERENCIA ENTRE ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS

Las competencias son los conocimientos que se adquieren a lo largo de la vida. Un profesional puede adquirir una aptitud que se convierte en competencia, pero para lograr una atribución legal no sólo se requiere el conocimiento, además hace falta un documento que le acredite que puede hacer uso de esa destreza a través de un marco normativo. En España el título académico oficial confiere las atribuciones específicas determinadas por Ley, siendo importante destacar que las titulaciones universitarias forman competencialmente al alumno, pero no todas dan acceso a dichas atribuciones profesionales.


¿TODOS LOS TÍTULOS DE INGENIERÍA TIENEN ATRIBUCIONES PROFESIONALES?

No, solo tienen atribuciones profesionales aquellos títulos para los que una disposición legal atribuye competencias específicas.

Por ejemplo, los ingenieros técnicos industriales tienen amplias atribuciones en base a los establecido en la Ley 12/1986, de 1 de Abril, sobre Regulación de las Atribuciones Profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos y Disposiciones Complementarias. Y por su lado, de la pluralidad de títulos ofrecidos por las distintas universidades únicamente aquellos títulos de grado que verifican los requisitos establecidos en la Orden CIN/351/2009 confieren atribuciones profesionales, en este caso las de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.

Ante la excesiva oferta de títulos de grado y máster, es importante que los futuros alumnos obtengan una información adecuada respecto a las diferencias entre unos títulos y otros en cuanto a la existencia o no de atribuciones profesionales, aspecto que marcará de manera determinante la capacidad de proyección profesional de los egresados.

A continuación se relacionan las disposiciones orgánicas mas relevantes.
Real Decreto 132/2018, de 16 de marzo

Real Decreto 132/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España y de su Consejo General.

Consultar
Decreto del 18.09.1935

Decreto del 18.09.1935 de Atribuciones Profesionales de los Ingenieros Industriales (Publicado en La Gaceta de Madrid Nº 263 de 20 de Septiembre de 1.935).

Consultar
Decreto 2541/1971, de 13 de agosto

Decreto 2541/1971, de 13 de agosto, por el que se determinan las facultades de los Ingenieros Técnicos Industriales.

Consultar
Real Decreto Ley 37/1977, de 13 de junio

Atribuciones de los Peritos Industriales.

Consultar
Ley 12/1986, de 1 de abril

Regulación de las Atribuciones Profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos y Disposiciones Complementarias.

Consultar
Sentencia del Tribunal Supremo del 9 de julio de 2002

Atribuciones de los Ingenieros Técnicos Industriales en ámbitos diferentes de la especialidad adquirida.

Consultar
Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre

Real Decreto de 25 de Octubre de 1995, Por el que se Regula el Sistema General de Reconocimiento de los Títulos de Enseñanza Superior de los Estados Miembros de la Comunidad Europea que Exigen una Formación Mínima de Tres Años de Duración, en lo que Afecta a las Profesiones de Físico, Geólogo, Químico, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Naval, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico de Minas e Ingeniero Técnico Naval.

Consultar
Ley 2/1974 de 3 de Febrero de Colegios Profesionales

Ley 2/1974 de 3 de Febrero de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/68 de 26 de Diciembre y 7/1997 de 14 de Abril.

Consultar
Real Decreto 104/2003

Algunos preceptos de estos Estatutos pueden haber resultado derogados como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre y disposiciones concordantes. En cualquier caso, ni este Consejo General ni los Colegios que lo integran incurrirán en ningún momento en prácticas o conductas contrarias a lo previsto en la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia.

Consultar
Real Decreto 901/2007, de 6 de julio, por el que se modifican los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales.

Real Decreto 901/2007, de 6 de julio, por el que se modifican los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales y de su Consejo General aprobados por Real Decreto 104/2003, de 24 de enero.

Consultar
Código Deontológico

Código Deontológico y de actuación profesional de la Ingeniería Técnica Industrial.

Consultar
Reglamento Regulador del Ejercicio de la Profesión

Reglamento Regulador del Ejercicio de la Profesión de Ingeniero Técnico Industrial, aprobado por el Pleno Extraordinario de fecha 21 de septiembre de 2019.

Consultar
Ley 38/1999, de 5 de noviembre

Ordenación de la Edificación.

Consultar
Real Decreto Ley 11/1983, de 25 de agosto

Real Decreto Ley 11/1983, de 25 de agosto de reforma universitaria.

Consultar
Decreto Número 148/1969, 13 febrero 1969

Enseñanzas Técnicas. Denominaciones de Técnicos de Grados Superior y Medio y Especialidades de éstos (Ministerio Educación Y Ciencia).

Consultar
Real Decreto 1403/1992, de 20 de noviembre

Real Decreto 1403/1992, de 20 de noviembre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero Técnico Industrial en Electrónica Industrial y se aprueban las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél.

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