

De izda. a dcha.: Jefa de sección y Jefe de servicio de CCPP, Decano de Zamora, Presidente y Vicepresidente de COGITICyL (Decanos de Valladolid y Palencia) y Decano de Ávila.
Los Colegios y el Consejo autonómico de Castilla y León (COGITICyL), continuando el procedimiento conjunto para el cambio denominación de estas corporaciones que promovieron ya hace varios meses ante el Servicio de Colegios Profesionales de la Junta de Castilla y León, han consensuado una nueva posición ante el trámite de audiencia que les abrió recientemente el Jefe del servicio, con motivo de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 143/2016, de 8 de abril, por el que se aprueba el cambio de denominación del Consejo General de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales por la de Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados de la rama industrial de la Ingeniería, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España.
El consenso se concreta en sustituir el cambio de denominación inicialmente solicitado a la Administración Autonómica (Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales) por el de «Graduados en Ingeniería de la rama industrial e Ingenieros Técnicos Industriales».
La entrevista para informar oficialmente de esta nueva propuesta se desarrolló el pasado jueves, día 19, en la sede de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, en Valladolid, asistiendo por parte de la Administración el Jefe del servicio, D. Luis Alberto Merchán Sánchez, y la Jefa de sección, D.ª Gloria Herranz Herranz. Quedó en ella establecido que será imprescindible una nueva convocatoria extraordinaria de la Juntas Generales de cada colegio, así como del Pleno del Consejo autonómico, donde resulten aprobadas las denominaciones.
La nueva propuesta consensuada asume por completo las directrices informadas desde la Presidencia del Consejo General, y ha sido recibida sin objeciones por parte de la Administración, que considera factible la superación del control de legalidad que les compete, si bien a reserva del desarrollo completo del procedimiento que requiere la adopción de acuerdo formal por parte del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.