El decreto establece las condiciones técnicas, medioambientales, socioeconómicas y de eficiencia energética que deberán cumplir las instalaciones autorizadas, al que se deberá añadir, para la puesta en marcha de los parques, la autorización del Gobierno de España en relación al derecho al cobro de primas, que se prevé que pueda producirse en torno a 2012-2013.
Los principales cambios y novedades que recoge este decreto son por ejemplo, la convocatoria abierta para la presentación de solicitudes por parte de las empresas de manera indefinida, y que en el momento que una empresa presente dicha solicitud, se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) para que en el plazo de un mes, cualquier otra empresa interesada entre en competencia para el mismo emplazamiento. Si no se presenta ninguna, no se entra, por lo tanto, en competencia y se adjudica inicialmente a la empresa solicitante.
En este primer paso, las empresas sólo tendrán que informar sobre la descripción del parque que quieren realizar y su ubicación, con el objetivo, por parte de la Administración, de hacer este procedimiento inicial más sencillo y asequible económicamente.
Una vez que finalice ese plazo de un mes, se pedirá a las empresas que aporten más información sobre la explotación del parque y, sobre todo, se requerirá una memoria de actuaciones en materia de desarrollo socioeconómico, es decir, las acciones que piensan llevar a cabo estas empresas para el desarrollo socioeconómico de Extremadura.
Por otra parte, seguirá siendo obligatorio crear tres puestos de trabajo por megavatios, pero se podrá sustituir por un convenio con el ayuntamiento del municipio donde se vaya a instalar la planta, mediante el que se ceda al menos el 8% de la facturación a la administración local para crear empleo.