PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES (FAQs)

 ¿Cómo funciona el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública que interviene en casos de daños causados por riesgos extraordinarios, como fenómenos naturales (inundaciones, terremotos, tempestades ciclónicas atípicas, etc.) o eventos de incidencia política o social (terrorismo, motines). Para que el CCS cubra los daños, los afectados deben contar con una póliza de seguro en vigor que cubra los bienes o personas dañadas.

El CCS recauda dinero de todas las pólizas de seguros que se contratan en España, independientemente de su tipo. Esta cuantía será un porcentaje de las primas del riesgo asegurado.

A continuación se muestran diferentes ejemplos desglosados de primas de seguros, todas ellas cumpliendo el mismo patrón:

 

 

 

 

 

 

A modo de conclusión, cuando se contrata un seguro, un porcentaje de la prima es para el CCS, por lo que cuando ocurre un siniestro con daños producidos por catástrofes naturales la póliza particular del cliente NO se hace cargo de los daños, y quien debe de hacerse cargo es el CCS.

 

¿Cuándo es un siniestro consorciable?

Para describirlo de forma muy simple, y que se entienda, en nuestro caso particular “es cuando el agua ha subido de “abajo hacia arriba””, y ha llegado a una altura de X metros.

También es un siniestro consorciable, cuando las tuberías de desagüe (colectores municipales), se ponen en “carga” y por las conexiones con las tuberías particulares de cada casa, comercio o comunidades de propietarios, salen por los servicios (vasos comunicantes). Estos daños se pueden producir en otras zonas que no están cercanas a “la riada en general”, y hay personas que no lo ponen de manifiesto por desconocimiento.

 

¿Cuándo NO es un Stro consorciable?

Cuando los daños por la lluvia caída, su trayectoria sea de “arriba a abajo”, es decir la típica “gotera” o más técnicamente hablando una filtración por cubierta que ha producido un daño en la cubierta (tejado) y se ha introducido el agua en el interior.

Una vez definido como se ha producido el daño, es cuando hay que dar parte directamente al consorcio de compensación de seguros.

 

Documentación necesaria

Para tramitar una reclamación al CCS, se necesita presentar la siguiente documentación:

      1. Formulario de solicitud de indemnización (disponible en Consorcio de Seguros).
      2. Copia de la póliza del seguro y justificante de pago de la prima.
      3. Documentos de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte).
      4. Informe pericial detallando el alcance de los daños. Este informe debe ser realizado por un perito cualificado.
      5. Pruebas fotográficas o de vídeo de los daños.
      6. Otros documentos adicionales, dependiendo del tipo de siniestro, que pueden ser solicitados por el CCS durante el proceso.

 

Pasos para realizar la Solicitud

      1. Recopilación de documentación: Reúna todos los documentos mencionados en el bloque anterior.
      2. Formulario de solicitud: Complete el formulario de solicitud de indemnización del CCS.
      3. Presentación de la solicitud: La solicitud se puede realizar de manera presencial en las oficinas del CCS o a través de su plataforma online.
      4. Informe pericial: Asegúrese de contar con un informe detallado de los daños, que es clave para que el Consorcio valore correctamente la indemnización.