

Más información
NOTA INFORMATIVA:
Aquellos solicitantes que opten por aportar acreditación de algún curso de Centros de Transformación acorde a lo especificado, y que lo finalicen en fechas cercanas y anteriores al día del examen deberán aportar el correspondiente diploma acreditativo o certificado sustitutorio provisional no más tarde del día del examen, debiendo presentarlo para acceder al examen y remitirlo, por mail, al COGITI en la semana siguiente a la realización del examen.
Certificación de Personas para Verificaciones de Centros de Transformación, información de interés
Esta información es un resumen con los datos de interés para la Certificación y conocer el proceso. Debe leer el documento “Información para Certificación y Recertificación” que se puede descargar desde esta misma página.
Actividades de evaluación que deberá superar para la obtención de la Certificación como Técnico Verificador de Centros de Transformación, otorgada por el SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE PERSONAS del CONSEJO GENERAL DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE ESPAÑA (COGITI).
ENVÍO INICIAL DE DOCUMENTACIÓN
El SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE PERSONAS del COGITI ofrece a los interesados la posibilidad del envío de información sobre el proceso, poniendo a su disposición, al menos los siguientes documentos:
- Copia del documento («Información para Certificación y Recertificación”) en el que se facilita toda la información necesaria a los solicitantes.
- Modelo oficial de solicitud de certificación.
- Cualquier otra información que resulte de interés al solicitante para el proceso de Certificación.
Cualquier interesado podrá acceder a la documentación mencionada anteriormente a través de la propia página WEB del COGITI, y más concretamente en el apartado www.certificaciondepersonas.cogiti.es También se podrá ejercer este derecho mediante su retirada in situ en las instalaciones de COGITI sitas en Avda. Pablo Iglesias 2, 2º, de Madrid.
SOLICITUD DE LA CERTIFICACIÓN
Cualquier persona que cumpla los requisitos expuestos a continuación podrá solicitar la certificación del COGITI:
1. Ser mayores de edad,
2. Ser de nacionalidad española, o de algún país de la Unión Europea, o disponer de Certificado de Residencia en España (en vigor).
3. Deberá saber hablar, leer y escribir en español para poder realizar el examen que será desarrollado en ese idioma. Acreditar el nivel lingüístico B2 de Español.
Y cumplir además los requisitos académicos, formación y experiencia expuestos a continuación:
1. Original del Título Universitario con competencias en el ámbito de LAT o CCTT o, copia compulsada por, Colegio Profesional, Administración Pública, o Entidad de Derecho Público.
2. Documento o certificado acreditativo de la experiencia laboral Para acreditar la experiencia en la realización de trabajos profesionales* en CCTT, se requerirá al menos 10 trabajos en el ámbito de CCTT en los diez últimos años siempre y cuando no haya cesado su actividad profesional en el área en los últimos 3 años. La experiencia será en los ámbitos descritos en los distintos reglamentos técnicos del ámbito de la certificación, que son entre otros:
- Real Decreto 337/2014, del 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.
Pudiéndose obtener por alguna de las vías siguientes:
- Certificado del Colegio Oficial en el que el solicitante haya desarrollado esta actividad.
- Certificado de la Administración Pública en la que exista constancia de sus trabajos en el ámbito de la Certificación.
- Certificado de la Empresa o Empresas en las que haya desarrollado su actividad profesional en el ámbito de la Certificación, tanto por cuenta ajena como propia.
*Se considerarán trabajos profesionales en CCTT la redacción, dirección, inspección/verificación, supervisión técnica de dichos trabajos, así como la actividad docente.
Los datos que deben figurar en dicho certificado emitido por el correspondiente Colegio Profesional (o de alguna entidad o empresa), son al menos los siguientes, y solo los que estén relacionados con el ámbito de Centros de Transformación.
Los solicitantes que no puedan acreditar su experiencia mediante alguna de las vías anteriores, deberán aportar el diploma o certificado de haber superado una formación específica en la materia, de acuerdo con las competencias y contenidos especificados en el documento “LISTADO DE LAS COMPETENCIAS A EVALUAR SOBRE LAS PERSONAS A CERTIFICAR MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES TEÓRICOS Y TEÓRICO/PRÁCTICOS” adjunto como “ANEXO I LISTADO DE LAS COMPETENCIAS A EVALUAR SOBRE LAS PERSONAS A CERTIFICAR MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS TEÓRICAS Y TEÓRICO/PRÁCTICAS” Anexo al documento P-02-CCTT, con una duración mínima de 45 h si la formación es presencial, o de 100 horas lectivas si se imparte por vía telemática. Los solicitantes que opten por esta opción deberán estar en posesión del correspondiente diploma acreditativo o certificado sustitutorio provisional no más tarde del día del examen; aquellos solicitantes que no lo aportaran junto con la solicitud, deberán presentarlo para acceder al examen y remitirlo, por mail, al COGITI en la semana siguiente a la realización del examen.
El Servicio de Certificación de Personas de COGITI garantiza que el solicitante elija con toda libertad el impartidor de la formación mencionada en el párrafo anterior siempre que se evidencie de forma fehaciente que las competencias y contenidos se ajustan a los especificados en el documento “LISTADO DE LAS COMPETENCIAS A EVALUAR SOBRE LAS PERSONAS A CERTIFICAR MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES TEÓRICOS Y TEÓRICO/PRÁCTICOS” que se puede descargar desde esta misma página.
Los candidatos que agoten las dos convocatorias de examen por no aprobarlas, deberán justificar un nuevo curso de formación para poder solicitar de nuevo la certificación.
Para solicitar formalmente la certificación cada solicitante deberá cumplimentar el Formato F-01-CCTT-01 “Solicitud de Certificación” cumplimentando todos los datos requeridos en dicha solicitud y firmándola como evidencia de su conocimiento acerca del proceso de certificación y de sus aceptación de someterse a las pruebas de evaluación descritas a lo largo de este procedimiento y a los compromisos declarados en la solicitud.
Junto a la solicitud cumplimentada y firmada, los solicitantes deberán aportan toda la documentación requerida a lo largo de este procedimiento en soporte original o convenientemente compulsado por algún organismo competente, además para que se comience a tramitar la solicitud se deberá realizar y justificar un ingreso de 50 € (10 % del precio base), en la cuenta que figura en la página siguiente con el siguiente concepto; estudio Nombre + Apellidos – Examen CCTT que no se devolverá bajo ningún concepto y que se descontara del importe final a pagar por el candidato. El diploma acreditativo del curso o su certificado sustitutorio provisional, deberá ser aportado no más tarde del día del examen; aquellos solicitantes que no lo aportaran junto con la solicitud, deberán presentarlo para acceder al examen y remitirlo, por mail, al COGITI no más tarde de la semana siguiente a la realización del examen.
Las solicitudes deberán ser presentadas ante el SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE PERSONAS del COGITI sito en Avda. Pablo Iglesias 2, 2º, de Madrid, que deberán haberse recibido con una antelación suficiente de al menos 35 días a las fechas previstas de evaluación, con la excepción del diploma acreditativo o certificado sustitutorio provisional del curso, como ya se ha mencionado.
En el caso de que estas vayan firmadas con firma electrónica, se pueden remitir por email a certificaciondepersonas@cogiti.es pero si estas están firmadas con firma ordinaria, deberán ser remitidas por correo postal, así como los originales de los documentos.
Para cualquier duda, los interesados podrán llamar al teléfono del COGITI que pueden encontrar en la propia web, para recibir asesoramiento así como solventar cualquier duda que les pueda surgir.
Toda comunicación que el COGITI deba realizar con los solicitantes será realizada por escrito y siempre a las direcciones identificadas en la solicitud, bien sea mediante carta postal, vía fax o correo electrónico.